¿QUIERES COMPRAR UNA PARCELA EN TORRENT PARA CONSTRUIR TU VIVIENDA?
TODO LO QUE NECESITAS SABER ANTES DE CUALQUIER COMPRA DE PARCELA URBANA EDIFICABLE
La construcción en terrenos y parcelas Urbanas consolidadas en las diferentes comunidades autónomas y municipios se ven sometidas en primera instancia a los instrumentos de planeamiento urbanístico, los cuales son los responsables directos de determinar el régimen de los usos y de las edificaciones en un determinado espacio, por ende son estos los encargados de conceder su destino futuro, los deberes y derechos de los titulares de la propiedad y en función de esto su valor. En segundo lugar, son las normativas internas de cada urbanización y/o conjunto residencial, apoyadas en las diferentes regularizaciones municipales quienes fijan y regulan más al detalle las particularidades o circunstancias específicas de estas, con mucha más exhaustividad o minuciosidad dentro del marco jurídico vigente.
En el caso que nos ocupa, la ciudad de Torrent dentro de la Comunidad Valenciana fija sus normativas a través de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte de la Generalidad y por el ayuntamiento de Torrent a través de Urbanismo y vivienda, regulando con las diferentes ordenanzas municipales dentro de todo el Municipio.
La normativa vigente en Torrent, reza que no se puede construir en parcelas inferiores a cuatrocientos metros cuadrados (400 m2) ningún tipo de edificación del tipo vivienda (obviamente con la etiqueta de urbana) y dentro de estos, solo se puede edificar el veinte y cinco por ciento (25%) dentro de la superficie de la parcela. Esto no quiere decir que la propiedad deba tener 100 m2 de construcción, ya que en altura si se le puede ganar ese espacio que se requiera.
La normativa es muy clara, con lo cual, una de las recomendaciones más importantes antes de adquirir una propiedad del tipo parcela, con la finalidad de construir una vivienda, es solicitar la nota simple y el catastro de ésta, al vendedor o agencia inmobiliaria que se encarga de su comercialización y venta, para poder determinar los metros reales exactos y saber si entra o no dentro los requerimientos mínimos solicitados y sus cargas. Una vez obtenida esta información, es aconsejable consultar en el Ayuntamiento de Torrent, ya que en dependencia de la Urbanización pueden cambiar y variar las regulaciones y la fijación de superficie mínima edificable (nunca menor a 400 m2 pero si mayor en algunos casos); De igual forma, descubrir los planes urbanísticos futuros que pueden causar afección a la parcela que se quiera adquirir para no llevar a cabo una compra con intención de construir y una vez obtenida nos remitan una gran prohibición.
También es importante saber, que una de estas normativas, entre muchas otras, marca la distancia mínima para poder realizar cualquier tipo de construcción en la zona perimetral medianera de la parcela, con un mínimo de tres metros de distancia de separación, para que estas sean legales. Esto quiere decir que si deseas levantar una barbacoa o un paellero dentro de tu propia parcela y no se encuentra retirado en metros de la distancia real anteriormente mencionada, será considerado como una construcción ilegal y con posibilidades de ser derruida tras la denuncia correspondiente, conflicto o inspección municipal. Dicho esto, cabe la posibilidad de ser realizado, siempre y cuando se goce de la autorización por escrita y ante Notario por parte de los titulares afectados e involucrados.
En líneas generales y en casi todas las parcelas de las diferentes urbanizaciones de Torrent, ya sea en El Vedat, Marchadella, Colonia Blanca, Salta Angel, etc, con posibilidades de realizar construcciones del tipo vivienda unifamiliar, la normativa de fijación de superficie mínima edificable es similar y se rige más o menos con similares requisitos, salvo en una de las más prestigiosas y elitistas Urbanizaciones de Torrent, SANTA APOLONIA. En este caso puntual, dicha Urbanización disfruta de un planteamiento diferente en cuanto a los metros mínimos exigibles de parcela, cuya delimitación quedó determinada años atrás, tras la aprobación definitiva del plan general en mil seiscientos metros cuadrados (1.600m2). En esta zona muy determinada, emplazada dentro del Monte El Vedat, en el término Municipal de Torrent, de alto standing, con amplios chalets individuales y muy acomodada, la normativa actual no permite compatibilizar dentro del mismo estatus los metros cuadrados de superficie mínima edificable de los cuales disfrutan el resto de urbanizaciones en Torrent.
Como información complementaria, esta normativa vigente en la Urbanización Santa Apolonia, se ha intentado recurrir para que su superficie mínima edificable se iguale a las del resto del municipio, con impugnación de su aprobación y negativa, declarándola contraria a derecho y anulándola debido a los alegatos resolutivos de que esto modificaría la imagen de la urbanización, se crearían problemas de infraestructuras y servicios, las posibles subdivisiones de parcelas acarrearían un colapso estructural en sus comunicaciones y por último que la actual normativa no supone perjuicio al interés público.
En Conclusión, si estás buscando una parcela para construir la casa de tus sueños en Torrent y desconoces las normativas básicas, busca asesoramiento de verdaderos profesionales inmobiliarios en tu zona. Desde nuestra agencia King House en Torrent, nos ponemos a la orden para informarte y ayudarte a realizar tu sueño, aconsejándote en todos los diferentes pasos que debes realizar, desde consecución de la parcela idónea, la ayuda en la presentación de la declaración responsable de la descripción de la obra de la parcela, los consejos para la presentación del presupuesto de obra y hasta la notificación de los pagos de las diferentes tasas del presupuesto de obre y del ICIO.